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Fuente: Infobae.com 
Cuando se deja de ejercer una potestad, se incurre en perdida absoluta de legitimidad.

Lo que ocurrió con la discusión y aprobación del Proyecto de POT presentado a consideración por la Alcaldía Distrital de Bogotá, como lo manda la ley, fue la muestra de la incapacidad o impotencia total de la Corporación Administrativa para ejercer su potestad de convertir en norma, la carta de navegación que a manera de matriz debería orientar y encausar el desarrollo integral del distrito para los próximos 12 años, es decir, nada menos y nada más, que la norma más importante que tenía en su poder adoptar en representación de toda la ciudadanía capitalina.

La Alcalde Claudia López instalando sesiones ordinarias del Concejo de Bogotá.
Fuente: Colprensa-Álvaro Tavera.

No pocos fueron los factores que condujeron a semejante debacle institucional. Los desencuentros al interior de la corporación misma y entre ésta y la Alcaldía Distrital fueron determinantes, desencuentros que terminaron expresándose en posiciones radicales de lado y lado. Ya es de amplio conocimiento los fuertes reclamos -incluidos del propio partido de la alcalde- formulados por un grupo de concejales a la Administración por su presunto “eufemismo” en cuanto a la construcción participativa del proyecto, puesto que para ellos no hubo tal participación sino socialización, que no es igual, en tanto que participación es una expresión típicamente democrática, mientras que socialización es más una estrategia de manipulación de las decisiones colectivas.

Pero también desde distintos sectores externos a la administración se escucharon voces en relación con el procedimiento de discusión previa del proyecto con los diversos estamentos de la sociedad capitalina, al igual que respecto a distintos aspectos relacionados con el contenido y alcances del proyecto de norma.

Independientemente de que unos y otros reclamos fuesen fundados, lo cierto es que las tensiones en el tire y afloje finalmente condujo a que el Concejo no se pronunciara, o mejor, dejará de aprobar el susodicho proyecto dentro del plazo de los 90 días con los que contaba para convertirlo en acuerdo distrital. En el Concejo distrital tan solo se llegó a la presentación de la ponencia en la Comisión del Plan y Ordenamiento Territorial, cuyos 15 miembros fueron recusados, lo que impidió el debate y aprobación en la comisión.

Algo terriblemente inconveniente para la ciudad, puesto que ya hace seis años expiró la vigencia del anterior, cuando por las circunstancias cambiantes hoy urge más que nunca su actualización o reformulación.

Sesión del Concejo Distrital.
Fuente: Twitter de Martín Rivera Alzate (@riveraalzate).

Y entonces surge la pregunta ¿Qué sigue para el POT de Bogotá en lo jurídico y político?

En lo jurídico, habría que realizar un análisis a partir de las actuaciones y avances logrados en el proceso de formulación, discusión y aprobación.

La Alcaldía Distrital al término de la formulación del proyecto, el 12 de julio de este año lo entregó al Consejo Territorial de Planeación Distrital, CTPD, -que es la instancia de planeación legalmente concebida, en el que se materializa la participación social y comunitaria del distrito capital en el estudio previo tanto del proyecto de PDD como de POT- el cual, durante 43 días lo estudió con la asistencia técnica de las Secretarías de Planeación y Hábitat distritales, al cabo de los cuales emitió el concepto respectivo, concepto que expresa las apreciaciones y recomendaciones que formulan las distintos sectores sociales representados en dicha instancia de participación. Es de precisar que este concepto no es vinculante, pero era requisito indispensable para que la Alcaldía pudiese radicar el proyecto en el Consejo Distrital.

El 10 de septiembre siguiente la Alcaldía Distrital lo radicó en la Secretaría del Concejo Distrital y a partir de este día inicio la cuenta regresiva de 90 días calendario -Art. 12, Ley 810 de 2003- para que el Concejo se pronunciara al respecto. Trasladado el proyecto a la Comisión Primera y designado el ponente, éste se quedó estancado en dicha comisión, no se votó afirmativa o negativamente, ni se dio ponencia para segundo debate dentro del plazo fijado. Con el “silencio decisorio” del Concejo la corporación perdió la competencia para expedir el POT y le cedió la potestad a la Alcalde para que lo adopte por decreto, tal como está facultada legalmente (Art. 12, Ley 810/03; Art. 26, Ley 388/97).

Ahora el balón del POT está en la cancha de la Alcalde, quien en entrevista en CM&, manifestó que estudiarán las alternativas jurídicas que permitan adoptar el POT de tal forma que puedan ser tenidas en cuenta e incorporadas las observaciones y sugerencias plateadas por distintos sectores de la capital.

Claudia López, alcalde de Bogotá.
Fuente: Portafolio.co

En lo expresado por la Alcalde en la entrevista, implícitamente se infiere su intención de adoptarlo por decreto -de ejercer su facultad legal por omisión del Concejo Distrital- mas no de someterlo nuevamente a estudio del Concejo como lo han sugerido varios concejales, gremios y organizaciones sociales, pero también con el propósito de precaver que haya una figura jurídica que le permita incorporar al máximo el conjunto de propuestas, sugerencias, y alternativas derivadas de observaciones que hasta el momento han sido expuestas por diversos sectores capitalinos, lo que políticamente es loable.

No obstante, la Alcaldía debe no solo encontrar esa figura jurídica que se lo permita, si no, sopesar también el tiempo que la ley le da para emitir el decreto, y -de ser viable legalmente- si en dicho término resulta posible realizar tales incorporaciones. Además necesitará definir un mecanismo de interacción e interlocución con las distintas fuerzas que formularon las observaciones y sugerencias a ser tenidas en cuenta en el nuevo o renovado POT.

El asunto no es sencillo puesto que la ley establece que si al alcalde asume la competencia para expedir el POT por decreto, deberá hacerlo con base en el proyecto que originalmente radicó en la Secretaría del Concejo Distrital. No obstante, es de precisar que la ley le da la potestad pero de forma optativa, al usar el vocablo “podrá”, lo que quiere decir que la Alcalde también puede optar por no expedirlo por decreto. Puede inferirse además que al no haberse pronunciado el Concejo en el sentido de negarlo -por lo que tampoco hizo tránsito a archivo- el proyecto sigue vigente y no podría descartarse que en una decisión política sin precedentes, la Alcalde también opte por radicarlo nuevamente para someterlo a consideración del Concejo Distrital en el próximo período de sesiones ordinarias.

En la perspectiva de encontrar una figura que de certeza jurídica con el propósito que ha esbozado la Alcalde, muy seguramente tendrá que elevar una consulta ante la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, el cual, al igual que toda la Rama Judicial, está a punto de entrar en vacancia judicial, salvo las excepciones establecidas por la ley, en la que no están incluidos los integrantes de dicha sala.

Así que al POT de Bogotá al parecer aún le queda por transitar un camino que no está exento de obstáculos, que aún no claro, pero seguramente podrán resolverse. Una decisión política de gran envergadura por parte de la Alcalde sería la mejor opción para el Distrito, la ciudad y el país.

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